Puertorriqueño tramita DNI español por ley nietos
Ciudadano estadounidense de origen puertorriqueño obtuvo nacionalidad española bajo la Ley 20/2022 (Memoria Democrática) por vía de nieto.
Contexto
El solicitante, ciudadano estadounidense nacido en Puerto Rico de aproximadamente 44 años (dato específico omitido por privacidad), tenía abuelo paterno español originario de una provincia del norte peninsular, emigrado a Puerto Rico en las primeras décadas del siglo XX. La Ley 20/2022 de Memoria Democrática abrió entre octubre de 2022 y octubre de 2025 (con prórroga) una ventana para que nietos y nietas de españoles exiliados o emigrados pudieran optar a la nacionalidad española.
Problema o reto encontrado
El principal reto fue documental: localizar el certificado literal de nacimiento del abuelo en el Registro Civil español correspondiente a su localidad de origen, probar la filiación continua (abuelo-padre-nieto) y traducir/legalizar documentos emitidos en jurisdicciones diferentes. Adicionalmente, debía acreditar alguno de los supuestos de la ley: hijos/as nacidos fuera de España de madre española nacida en España que perdió nacionalidad por casarse antes de 1978, o nietos/as de quienes fueran originariamente españoles y perdieron o tuvieron que renunciar a la nacionalidad como consecuencia del exilio. La interpretación de “exilio” ha sido extensiva y cubre emigraciones económicas en contexto histórico determinado.
Solución o estrategia aplicada
Se solicitó certificado literal de nacimiento del abuelo a través del portal del Ministerio de Justicia español y del Registro Civil local. Se obtuvieron también: partida de matrimonio del abuelo en Puerto Rico, partida de nacimiento del padre en Puerto Rico, matrimonio del padre, partida de nacimiento del solicitante. Todos los documentos emitidos en EE.UU. se apostillaron conforme a La Haya y se tradujeron por traductor jurado nombrado por el Ministerio de Asuntos Exteriores español (MAEC).
Se agendó cita en el Consulado General de España en la jurisdicción correspondiente (en este caso, consulado competente para Puerto Rico). Se presentó el expediente con el formulario oficial de opción a la nacionalidad, declaración jurada de no haber perdido la nacionalidad española previamente, y toda la documentación civil. El consulado tramitó el expediente y lo remitió al Registro Civil Central en Madrid para inscripción como nacimiento marginal.
La opción bajo Ley 20/2022 no exige residencia previa en España ni examen CCSE/DELE (a diferencia de la naturalización por residencia).
Resultado
Cronología: obtención de certificados meses 1-6, cita consular mes 7, envío a Registro Civil Central mes 8, inscripción confirmada mes 16 (el Registro Civil Central ha tenido demoras significativas por el volumen de solicitudes), expedición de primer pasaporte y DNI mes 18 en consulado. El solicitante viajó posteriormente a España y empadronó su residencia en una comunidad autónoma del litoral mediterráneo.
Lecciones aprendidas
- La Ley 20/2022 no exige residencia ni examen, pero sí documentación civil impecable de tres generaciones.
- La traducción debe realizarse por traductor jurado reconocido por el MAEC, no cualquier traducción certificada extranjera es válida.
- El Registro Civil Central ha experimentado demoras históricas; prever plazos realistas de 12-24 meses.
Fuentes legales aplicables
- Ley 20/2022 de Memoria Democrática (BOE): https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-17099
- Ministerio de Justicia de España, nacionalidad: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/nacionalidad
- Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación (consulados): https://www.exteriores.gob.es
- Registro Civil Central: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/registros/registro-civil
Caso reconstruido con fines educativos. Nombres, fechas y detalles personales modificados. La información legal referenciada es pública y verificable en las fuentes citadas.