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Hondureño solicita visa humanitaria en México

April 24, 2026 ·

Respuesta cortaVerificado 2026-04-24

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Autor: Elena Martínez · Metodología · Principios editoriales

⚡ Respuesta rápida (AI Overview ready)Un nacional hondureño obtuvo Tarjeta de Visitante por Razones Humanitarias en México tras acreditar vulnerabilidad conforme a la Ley de Migración.

Contexto

El solicitante, un varón hondureño de aproximadamente 29 años (dato específico omitido por privacidad), ingresó a México por la frontera sur con intención de tránsito. Tras sufrir un incidente en ruta que dejó lesiones físicas documentadas, fue canalizado por una organización civil hacia las oficinas del Instituto Nacional de Migración (INM) para tramitar una figura de regularización prevista en la Ley de Migración: la condición de estancia de Visitante por Razones Humanitarias.

Problema o reto encontrado

El reto principal fue probar de manera fehaciente los supuestos del artículo 52 fracción V de la Ley de Migración: ser víctima o testigo de delito grave cometido en territorio nacional, o encontrarse en situación de vulnerabilidad que requiera protección. El solicitante no contaba con denuncia formal inicial ante el Ministerio Público, pues su prioridad al momento del incidente había sido atención médica. Sin la constancia del MP, el INM podía negar la tarjeta o demorarla meses.

Un segundo obstáculo fue la falta de un domicilio estable en México durante el trámite, requisito operativo para las notificaciones del INM y para el alta en la Clave Única de Registro de Población (CURP) temporal.

Solución o estrategia aplicada

El acompañamiento legal se articuló con una organización de la sociedad civil registrada ante el INM como albergue, que proporcionó constancia de residencia temporal. Paralelamente, se presentó denuncia formal ante la Fiscalía General estatal, obteniendo la constancia de inicio de carpeta de investigación, documento expresamente aceptado por el INM como evidencia del supuesto humanitario.

Se integró el expediente con: pasaporte hondureño vigente, constancia de la carpeta de investigación, dictamen médico oficial emitido por la Secretaría de Salud estatal, carta de acompañamiento del albergue y solicitud formal en formato oficial. El ingreso se realizó ante la delegación federal del INM en la entidad.

Se invocó además la Recomendación General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sobre personas migrantes en situación de vulnerabilidad, acompañada como anexo interpretativo para reforzar la procedencia.

Resultado

Cronología: incidente y atención médica en la semana 0, presentación de denuncia en la semana 2, ingreso de solicitud al INM en la semana 4, resolución favorable en la semana 14. La tarjeta se expidió por un año con permiso para trabajar, renovable mientras subsista la causa humanitaria. Posteriormente, el titular tramitó su CURP y se afilió al sistema de salud público.

Lecciones aprendidas

  • La constancia de carpeta de investigación ante la Fiscalía es evidencia suficiente para acreditar el supuesto humanitario; no es necesario esperar sentencia.
  • El acompañamiento de albergues registrados resuelve el requisito de domicilio y agiliza notificaciones.
  • La tarjeta humanitaria permite trabajar legalmente desde el día uno, a diferencia de otras condiciones de estancia que requieren permiso adicional.

Fuentes legales aplicables

Caso reconstruido con fines educativos. Nombres, fechas y detalles personales modificados. La información legal referenciada es pública y verificable en las fuentes citadas.